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¿Cuál es el monto mínimo exigido para poder ocupar el segundo nivel de su espacio? | Bolivia

 

  • De acuerdo con la cláusula “posesión y uso” del contrato y el artículo 31 inciso "d" del anexo "c", para ocupar el segundo nivel el titular debe tener pagado el 50% del precio total.
  • Para ocupar el tercer nivel debe tener el 100% pagado. los pagos podrán ser abonados a cuotas o capital según el titular decida.

En todos los casos se debe adicionar:

  • el pago del servicio de sepultación
  • y cuota de mantenimiento


Pudiendo canjear el vale del servicio de sepultación, siempre que este se encuentre vigente y haya cumplido el periodo de carencia.