¿Cuál es el monto mínimo exigido para poder ocupar el segundo nivel de su espacio? | Bolivia
- De acuerdo con la cláusula “posesión y uso” del contrato y el artículo 31 inciso "d" del anexo "c", para ocupar el segundo nivel el titular debe tener pagado el 50% del precio total.
- Para ocupar el tercer nivel debe tener el 100% pagado. los pagos podrán ser abonados a cuotas o capital según el titular decida.
En todos los casos se debe adicionar:
- el pago del servicio de sepultación
- y cuota de mantenimiento
Pudiendo canjear el vale del servicio de sepultación, siempre que este se encuentre vigente y haya cumplido el periodo de carencia.